Aparece dueño de Lomito

El pulgas es el nombre del perrito que aparece en un video que circula en redes sociales y que fue atropellado por la camioneta que traslada a Lalo Gattás en sus recorridos de proselitismo.
Don Julián López señala que reconoció a su perro arrastrado por brigadistas que ostentan playeras con el nombre Lalo, menciona que ya está en contacto con las organizaciones protectoras de los animales y que interpondrá una demanda contra del alcalde con licencia por maltrato animal y lo que resulte
Cabe hacer mención que la ley sanciona a quien incurra en maltrato animal como el caso de Lalo que atropelló y abandonó a su suerte al perrito de don Julián y huyó

La Proclamacion de la Declaracion Universal de los Derechos Animales señala en su articulo primero

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

A Lalo no le importo eso y deje al pobre Pulgas abandonado a su suerte es por eso que Don Julian no se detendra para que se haga justicia por su perrito que al momenoto de cerrar la redaccion estaba en situacion critica

hasta la carcel podria ir el alcalde con licencia

De forma general en México el maltrato animal establece de 10 a 100 días de salario mínimo como multa, es decir, 17 mil 287 pesos, así como entre 60 a 180 jornadas de trabajo comunitario, así como una pena de tres meses a dos años de prisión con una multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización

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