Agilizan estados la reforma al PJ

12 Septiembre. 2024

Cometiendo desacato a una suspensión definitiva decretada por jueces federales, al menos 16 congresos locales aprobaron al cierre de esta edición la reforma judicial en fast track, luego de que fuera aprobada por el Senado la madrugada de ayer.

Hasta el cierre de esta edición, Durango, Puebla, Tlaxcala, Morelos, Oaxaca, Tabasco, Quintana Roo, Veracruz, Baja California Sur, Baja California, Colima, Nayarit, Campeche, Tamaulipas, Sinaloa y Yucatán avalaron los cambios constitucionales, que incluyen la elección por voto popular de ministros, jueces y magistrados el 1 de junio de 2025.

Solo el Congreso de Querétaro, controlado por la oposición, rechazó la reforma, por lo que ayer por la noche solo faltaba un estado para que fuera avalada.

En la mayoría de entidades, la ratificación de la reforma judicial se desarrolló en medio de protestas de trabajadores del Poder Judicial, incluso con episodios de violencia.

La Asociación Nacional de Jueces y Magistrados (Jufed) condenó “las agresiones a compañeros juzgadores y trabajadores que ejercían su derecho a la libre manifestación a las afueras de los congresos de Baja California y Colima. Demanda de las autoridades, la investigación y sanción de estos actos”.

Otra decena de congresos citaron a primera hora de hoy para dar trámite a la reforma, por lo que en las próximas horas se cumpliría el requisito de que al menos 17 poderes legislativos la aprueben y solo restaría su promulgación por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entre en vigor.

DESACATO MASIVO

Desde el viernes pasado, el Juzgado Quinto de Distrito de Morelos ordenó la notificación a los congresos de las 32 entidades sobre la suspensión definitiva contra el dictamen de reforma judicial, lo que les impedía darle trámite.

Por lo que los congresos que la aprobaron ayer y los que lo harán hoy se sumarán al desacato en el que ya incurrieron la Cámara de Diputados y el Senado.

La suspensión definitiva se otorgó hasta en tanto se analiza la validez del artículo 186 del reglamento de la Cámara de Diputados, que señala que un dictamen aprobado en Comisiones de una Legislatura puede pasar directo al Pleno de la siguiente.

El juez Felipe V. Consuelo Soto, con residencia en Chiapas, también otorgó otra suspensión definitiva para congelar la reforma judicial y que no sea enviada a los estados para su análisis.

El experto en procesos constitucionales, José Perdomo, indicó  que el desacato de varias autoridades al mandamiento judicial se trata de un asunto grave y que sí tendría consecuencias para los legisladores.

En caso de estar en funciones, se tendría que enviar a la Suprema Corte las pruebas del desacato para que emita una declaratoria de procedencia y se les inicie juicio político y su posible desafuero, esto es a los diputados federales, locales y senadores que avalaron la reforma.

A su vez, la Fiscalía General de la República tendría que abrirles una carpeta de investigación de manera individual, y en el caso de los legisladores que terminan sus cargos este año, el caso no prescribe y se les podría seguir el proceso.

El documento de la suspensión definitiva pide informar a las “autoridades responsables que la  violación de esta medida suspensional entraña la comisión de un  delito equiparable al de abuso de autoridad, por lo que de consumarse o seguirse ejecutando el acto que se reclama, de  inmediato se dará vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación”.

La sanción máxima es que se “impondrá pena de tres a siete años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a siete años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos”.

El experto de La Salle indicó que “se tomó una resolución en desacato de una suspensión definitiva de dos jueces de Distrito que notificaron en tiempo sobre la existencia de la suspensión y que se debió haber respetado”.

Consideró que “todos los congresos locales hicieron lo mismo, van a estar los 17 con actos viciados”, por lo que se tendría que proceder contra los legisladores locales y federales que aprobaron la reforma en desacato a los mandamientos judiciales.

Incluso los diputados que votaron en contra tendrían la responsabilidad del desacato y al personalizarse, la consecuencia mayor sería para los presidentes de Mesas Directivas y Juntas de Gobierno de los órganos legislativos.

Aseveró que el contenido de la reforma judicial no es impugnable en sí mismo, por ser un acto del Poder Reformador de la Constitución ni por juicio de amparo, porque es improcedente para reformas constitucionales, por lo que la vía sería mediante controversia constitucional por los vicios y violaciones al proceso legislativo en el que se aprobó la reforma. 

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